Se adjunta circular de la materia laboral prevista en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, publicada en el día de hoy en el BOE.
AMBITO LABORAL
TÍTULO IV Otras medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables
Artículo 44. Medidas en el ámbito laboral.
– En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.
– Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 E.T. por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.