MEDIDAS DE PROTECCIÓN SEGURIDAD SOCIAL

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MEDIDAS DE PROTECCIÓN SEGURIDAD SOCIAL 2024-11-07T14:49:16+00:00

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de las siguientes medidas de protección disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía ante la DANA.

El Ministerio pone medidas de protección a disposición de los trabajadores autónomos, que podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua del trabajador.

  • La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.
  • Sin periodo de carencia, es decir, aunque no se tenga el periodo mínimo exigido para tener derecho a ello, que normalmente es de un año
  • Los días de prestación consumidos no se computan de cara a situaciones futuras (contador a cero) y, además, este periodo se les computa como cotizado.

Desde la reforma laboral permite proteger a trabajadores y al tejido productivo en situaciones de crisis y emergencias como la DANA. La empresa puede suspender temporalmente el contrato o reducir la jornada.

  • Exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social
  • Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación.
  • Se solicita en el SEPE o llamando al 060

En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzamos, el compromiso y el contacto con las personas de manera más ágil y cercana.

  • Los ciudadanos podrán informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.
  • El lunes se pone en marcha el teléfono corto 020. Con un 40% más de plantilla.

Algunas de las oficinas de la Seguridad Social, han sufrido grandes daños a causa de la DANA. Se pide la máxima precaución para garantizar la seguridad de las personas. Por ello, se refuerza la atención telefónica y online a través de los siguientes canales.

  • INSS: 91 542 11 76
  • Tesorería: 91 541 02 91
  • En la app IMPORTASS
  • En el nuevo portal del INSS
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