Resolución de 12 de noviembre de 2024, del SEPE
Objeto: regular las especialidades de los procedimientos de gestión de las prestaciones por desempleo a las que se refiere el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del mismo.
En lo no previsto expresamente en esta resolución se estará a lo dispuesto en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Solicitudes colectivas:
Las empresas deberán presentar, en representación de sus trabajadores, una solicitud colectiva por cada centro de trabajo, a través de la aplicación Certific@2.
El plazo para la presentación de esta solicitud será de un mes a computar desde la fecha de la notificación a la empresa de la resolución de la autoridad laboral constatando la existencia de la fuerza mayor, desde que se entienda estimada dicha solicitud por silencio administrativo, o, en los supuestos previstos en el artículo 44.2 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, desde la fecha de la comunicación de la empresa a la autoridad laboral de su decisión de adoptar la medida correspondiente.
En caso de presentación fuera de plazo, el derecho nacerá el día de la solicitud. En este supuesto, la empresa deberá abonar a las personas afectadas el importe que hubiesen percibido en concepto de prestación por desempleo desde el primer día en que se hubiese aplicado la medida de suspensión del contrato o de la actividad, o de reducción de jornada, hasta el día anterior al de la presentación de la solicitud colectiva.
Anexos:
Anexo I: Solicitud colectiva: Modelo e instrucciones
Anexo II: Declaración responsable para la solicitud de protección por desempleo en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento del Gobierno | RDL 11 de noviembre
Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento del Gobierno | RDL 5 de noviembre
El Consejo de Ministros ha aprobado un primer paquete de medidas destinadas a ayudar a los hogares, empresas y ayuntamientos de los 78 municipios valencianos, castellano manchegos y andaluces golpeados por la DANA.
Este plan consta de tres fases. La primera, de respuesta inmediata y urgente; la segunda, centrada en la reconstrucción, y, una tercera orientada al relanzamiento y la transformación de los territorios afectados.
Ayudas Generalitat personas físicas
Consulta el DECRETO 163/2024, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
Resuelve tus dudas: preguntas frecuentes
Ayudas Generalitat municipios afectados
Consulta el DECRETO 164/2024, de 4 de noviembre, del Consell, de aprobación de les bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes a los municipios afectados por los daños producidos por el temporal de viento y lluvias iniciado en la Comunitat Valenciana el 29 de octubre de 2024.
Medidas urgentes solicitadas por la CEV para paliar los efectos de la DANA
El presidente de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV), Salvador Navarro, ha solicitado a la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, la aprobación en Consejo de Ministros de un Real Decreto-ley, similar al aprobado tras la destrucción causada por el volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma, que implemente medidas urgentes para la reparación de los daños y la reconstrucción económica y social tras los graves efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en la provincia de Valencia.
Consulta el documento íntegro con las medidas aquí.
Medidas fiscales de la Generalitat de apoyo a las personas afectadas por las inundaciones
Consulta aquí el Decreto Ley 12/2024, de 12 de noviembre, del Consell, de medidas fiscales de apoyo a las personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de octubre de 2024.
Deducciones fiscales, créditos IVF sin intereses y ayudas sociales
El Pleno del Consell ha acordado poner en marcha medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, entre las que se encuentran deducciones fiscales, créditos del IVF sin intereses y ayudas sociales para las personas afectadas por la Dana.
Consulta las medidas aquí.
Suspensión segundo pago IRPF
Hacienda suspende el cobro del segundo pago del IRPF para los contribuyentes de las zonas afectadas por la DANA en la provincia de Valencia.
Más información aquí
Moratoria sector bancario
El sector bancario anuncia una moratoria para los damnificados por la DANA. Más información aquí.
Medidas de protección Seguridad Social
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de las siguientes medidas de protección disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía ante la DANA.
El Ministerio pone medidas de protección a disposición de los trabajadores autónomos, que podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua del trabajador.
- La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.
- Sin periodo de carencia, es decir, aunque no se tenga el periodo mínimo exigido para tener derecho a ello, que normalmente es de un año
- Los días de prestación consumidos no se computan de cara a situaciones futuras (contador a cero) y, además, este periodo se les computa como cotizado.
Desde la reforma laboral permite proteger a trabajadores y al tejido productivo en situaciones de crisis y emergencias como la DANA. La empresa puede suspender temporalmente el contrato o reducir la jornada.
- Exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social
- Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación.
- Se solicita en el SEPE o llamando al 060
En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzamos, el compromiso y el contacto con las personas de manera más ágil y cercana.
- Los ciudadanos podrán informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.
- El lunes se pone en marcha el teléfono corto 020. Con un 40% más de plantilla.
Algunas de las oficinas de la Seguridad Social, han sufrido grandes daños a causa de la DANA. Se pide la máxima precaución para garantizar la seguridad de las personas. Por ello, se refuerza la atención telefónica y online a través de los siguientes canales.
- INSS: 91 542 11 76
- Tesorería: 91 541 02 91
- En la app IMPORTASS
- En el nuevo portal del INSS
Mecanismos de apoyo disponibles para sus empresas y empleados
- ERTEs por Fuerza Mayor
Las empresas afectadas por la DANA en la Comunitat Valenciana pueden acogerse a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor.
Este instrumento proporciona protección por desempleo a sus plantillas y cuenta con exenciones en las cotizaciones.
- Las empresas pueden solicitar este ERTE de manera voluntaria y disfrutar de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%.
- Los empleados podrán percibir una protección por desempleo sin necesidad de contar con un periodo de cotización previo y sin consumir tiempo de prestación en caso de necesitarlo en el futuro.
Aquellas empresas que se vean en la necesidad de activar un ERTE/ERE por Fuerza Mayor, podrán hacerlo a través del enlace que adjuntamos.
- Coberturas de Seguros
En relación a la cobertura de seguros adjunto encontrará documento con información de UNESPA y del Consorcio de Compensación de Seguros a través del siguiente enlace.
https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:EU:60ded967-3f0d-4f5d-bfa1-84fe7f477b61
Teletrabajo
La Conselleria insta a empresarios y trabajadores a llegar a un acuerdo y aplicar esta opción dadas las excepcionales circunstancias
La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha recomendado habilitar la opción del teletrabajo para las personas afectadas por la DANA.
Desde Empleo se señala que las circunstancias de la Comunitat Valenciana, y en especial de la provincia de Valencia, han cambiado con motivo de la DANA hasta convertirse en una situación excepcional para miles de trabajadores que no podrán incorporarse presencialmente a sus puestos de trabajo.
Así, en tanto que las personas afectadas tengan dificultades para desplazarse a sus puestos y para evitar riesgos en los mismos, o en los casos de las personas que estén desarrollando labores de rescate, búsqueda de personas o recuperación de viviendas, se plantea la opción del teletrabajo siempre que sea posible por las características del puesto que se desarrolle.
La Conselleria recuerda, asimismo, que para que esta posibilidad sea real debe darse un acuerdo entre empresario y trabajador, por lo que hace un llamamiento a ambas partes para poder ponerla en práctica.