Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base de cotización hasta 4 veces al año en función de la edad.
Los afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) pueden modificar su base de cotización en cuatro periodos establecidos.
- Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efecto a partir del 1 de abril.
- Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efecto desde el 1 de julio.
- Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efecto a partir del 1 de octubre.
- Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero del año siguiente.
Fuentes de la información Gómez de la Flor abogados & consultores