Le trasladamos la circular en la que se recogen las novedades sobre la gestión del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, creado como tributo estatal, cedido a las Comunidades autónomas, con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la cual tiene por objeto sentar los principios de la economía circular a través de la
legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio
climático y proteger el medio marino. Se contribuye así al cumplimiento de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030.
La Agència Tributària Valenciana ha asumido su gestión en la Comunitat, para lo que ha creado los siguientes trámites y modelos:
INSCRIPCIÓN DEL CENSO
- PLAZO: antes del 10 de febrero de 2023
- SUJETOS OBLIGADOS: Deberán solicitar la inscripción en el censo del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos:
- Las personas o entidades gestoras de vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación.
- Las personas o entidades gestoras de instalaciones de incineración autorizadas, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación o valorización energética.
- Las personas o entidades gestoras de instalaciones de coincineración autorizadas, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación o valorización energética.
AUTOLIQUIDACIÓN TRIMESTRAL (MODELO 593).
- PLAZO: (primera autodeclaración del 1 al 30 de abril 2023) 30 días naturales posteriores al trimestre a declarar (Plazo de pago mediante domiciliación bancaria: del día 1 al 25 del mes siguiente del periodo de liquidación)
- SUJETOS OBLIGADOS: Deberán realizar la autoliquidación, los sujetos dados de alta en el censo del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos:
- Las personas o entidades gestoras de vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación.
- Las personas o entidades gestoras de instalaciones de incineración autorizadas, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación o valorización energética.
- Las personas o entidades gestoras de instalaciones de coincineración autorizadas, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación o valorización energética.
- NORMATIVA: Orden 15/2022, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprueba el modelo 593, Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos. Autoliquidación, y se establecen la forma y el procedimiento para su presentación