CONVOCATORIA DE AYUDAS DE APOYO A LA PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL EJERCICIO 2022.

//CONVOCATORIA DE AYUDAS DE APOYO A LA PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL EJERCICIO 2022.

OBJETO:
Ayudas para favorecer la internacionalización de las empresas y la promoción de los productos de la Comunitat Valenciana en el marco de la crisis del Covid-19.
BENEFICIARIOS:
Pymes de la Comunitat Valenciana que cuenten con productos propios.
*Excluidas las empresas que ofrezcan servicios de distribución o intermediación.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA +14M€
TIPO Y CARACTERÍSTICA DE LA AYUDA
– Subvención de hasta el 50% del coste de las acciones previstas, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables.
– Presupuesto máximo elegible de 100.000€.
ACCIONES APOYABLES:
Acciones siguientes realizadas entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio del 2022.
1. Participación en certámenes feriales internacionales.
a. Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales
internacionales celebrados en el estado español.
b. Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se
celebren fuera del estado español.
• En ambos casos, tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la
contratación del espacio (metros cuadrados) en dichos certámenes internacionales. Se considerarán apoyables los certámenes que iniciados antes o el 30 de junio, finalicen antes del fin del plazo de presentación de solicitudes.
• Si derivado de las limitaciones que impone la crisis del Covid-19 estas ferias se
realizarán en formato virtual, se considerarán gastos subvencionables las tarifas
abonadas por la participación virtual.
2. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales incluidos en el plan de promoción internacional.
• Se considerarán apoyables los gastos de alojamiento y desplazamiento iniciados
antes o el 30 de junio y que finalicen antes del fin del plazo de presentación de
solicitudes.
• Asimismo, se considerarán apoyables los gastos derivados de la realización de las
pruebas PCR, o de otras pruebas diagnósticas de Covid-19 que sean requisito
necesario para viajar a mercados estratégicos para la empresa y que vayan
vinculados a los viajes anteriormente descritos.
3. Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing
internacional.
a. Publicidad en medios extranjeros. Se considerarán gastos subvencionables los
costes en los que incurran las empresas para llevar a cabo la publicidad en
medios extranjeros.
b. Publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados
electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados
exteriores objetivo del plan de internacionalización y con un importe máximo
subvencionable de 50.000 euros.
• Se considerarán gastos subvencionables:
→ Coste CPC (coste por clic) de la publicidad SEM internacional (Google
AdWords, Yandex Direct, Baidu, etc.).
→ Coste CPC (coste por clic) de la publicidad en redes sociales: Facebook
ADS, Linkedink ADS, Twitter ADS, Pinterest ADS, coste CPC o CPM de rich
media (banners, etc.) en portales internacionales.
→ Coste subscripciones a directorios internacionales.
→ Gastos de agencias de comunicación relacionadas con campañas
desarrolladas en destino.
→ Campañas web relacionadas con la gestión de contenidos en diferentes
idiomas para esos mercados destinados a redes sociales o medios de
comunicación on-line, campañas de email marketing, optimización SEO
para otros países, y creación y gestión de perfiles sociales para otros
mercados.
4. Servicios relacionados con el proceso de registro de marca.
a. Se considerarán gastos subvencionables aquellos en los que incurran las
empresas a excepción de las tasas y servicios de vigilancia.
5. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro
necesarios para la comercialización internacional de los productos.
a. Se considerarán gastos subvencionables aquellos en los que incurran las
empresas a excepción de las tasas.
6. Servicios relacionados con la creación de la página web y con la elaboración de
material promocional, transporte de muestras sin valor comercial, contenidos
audiovisuales, catálogos, folletos y cartelería diversa, así como la adaptación
correspondiente a los mercados internacionales, se aceptarán tanto en formato físicos como digitales y hasta un importe máximo de 50.000 euros.
– No se considerarán gastos subvencionables el coste de personal propio de la
empresa para estos conceptos.
– Con respecto a las muestras sin valor comercial, solo se aceptará el gasto del
transporte de las mismas y las facturas deberán indicar el país de destino de la
muestra y que carecen de valor comercial.
7. Gastos de personal técnico en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.
a. Se considerará gasto subvencionable el salario bruto del personal técnico en
comercio exterior, contratado desde el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio
de 2022, para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa,
siempre que el salario bruto anual por persona sea de un mínimo de 23.000
euros y la duración mínima del contrato de 12 meses.
→ Las empresas que fueron beneficiarias de subvención por este concepto en
la convocatoria del ejercicio 2021 por realizar esta contratación en el primer
semestre de dicho año, podrán solicitar el gasto por dicho contrato por el
periodo restante hasta completar los 12 meses.
b. Únicamente serán subvencionables los gastos indicados en este apartado si la
empresa realiza acciones de promoción en mercados exteriores que pueda
justificar. El personal deberá estar empleado en la sede de la Comunitat
Valenciana de la empresa beneficiaria.
→Para las empresas de industrias creativas y culturales, los profesionales
autónomos/as y las microempresas, se admitirán también los gastos de
profesionales colegiados/as o empresas externas contratadas al efecto, hasta
un importe máximo de 10.000 €.
8. Servicios relacionados con la participación en pliegos de licitaciones en mercados
exteriores, así como su traducción si fuera necesaria.
9. Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial, para captación y /o consolidación de clientes en el extranjero.
10. En el caso de Reino Unido, gastos de consultoría o de formación relativos a nuevos controles, tramitación aduanera o accesos limitados que puedan variar sus procesos de fabricación y de logística, siendo el importe máximo subvencionable de 10.000 euros.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Acciones realizadas entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio del 2022.
OTROS DATOS DE INTERÉS
– Se tramita en régimen de concurrencia competitiva.
– Necesidad de 3 ofertas.
– Solo una solicitud por empresa.
– Sujeta a minimis.
– Si la ayuda es superior a 10.000€ se ha de dar publicidad de la misma.
– Solicitud y justificación a la vez, hasta el 5 de julio de 2022.
PLAZO SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN
Desde el 28 de marzo hasta el 5 de julio de 2022.

 

FUENTE DE INFORMACIÓN : Innovalis

2022-03-23T08:55:42+00:00
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