Consolidación de la cadena de valor empresarial

//Consolidación de la cadena de valor empresarial

DESCRIPCIÓN

El objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de proyectos de I+D+I que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización de los solicitantes, de manera que incidan o provoquen efecto en otras empresas de la cadena de valor, bien porque provoca que incorporen a su vez innovación en sus productos, mejoren sus sistemas organizativos, o incrementen su actividad económica en general. Así mismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico.

PLAZOS

  Desde Hasta
Solicitud 

 

13/04/2022 06/05/2022
Proyecto Presentación de la solicitud 30/09/2024
Justificación Fase 1 05/10/2022
Fase 2 05/07/ 2023
Fase 3 02/10/ 2024 

o hasta el 10/01/2025 para pagos posteriores

INTENSIDADES

Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, se resumen en:

  • Gran empresa: hasta el 50-65%* en investigación industrial; hasta el 25-40%* en desarrollo experimental; hasta el 15%** en innovación en organización o procesos.
  • Mediana empresa: hasta el 60-75%* en investigación industrial; hasta el 35-50* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en organización o procesos.
  • Pequeña empresa: hasta el 70-80%* en investigación industrial; hasta el 45-60* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en organización o procesos.

* Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.

Independientemente de la naturaleza del proyecto, los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual podrán subvencionarse con una intensidad de ayuda máxima del 50 % de los costes subvencionables.

BENEFICIARIOS

Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas. En este último caso, la cooperación deberá evidenciarse mediante un acuerdo firmado entre las partes, desarrollando así un proyecto conjunto, que deberá reunir las siguientes condiciones y mantenerse a lo largo de la ejecución del mismo:

  • La cooperación se dará por un mínimo de dos empresas no vinculadas entre sí.
  • Todas las empresas participantes deberán presentar su solicitud de ayuda a esta actuación para el mismo proyecto.
  • En el acuerdo firmado, o en la memoria que se presente, se detallarán como mínimo las actividades que acometerá cada uno de los participantes, el presupuesto de ejecución que asume cada uno de ellos y la propiedad y derechos de uso de los resultados del proyecto.
  • La entidad que asuma mayor participación económica en el proyecto ejercerá de líder del proyecto, a efectos puramente administrativos y de interlocución entre los diferentes socios y la AVI. En caso contrario, deberá justificarse tal circunstancia en el acuerdo de cooperación.
  • La participación de los socios debe ser equilibrada, de modo que ningún participante contribuya con menos del 15% ni supere el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto.
  • En el caso de que alguna de las entidades participantes en el proyecto no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los proyectos de investigación industrialdesarrollo experimental y de innovación en materia de organización o procesos, que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.

Podrán considerarse dos tipos de proyectos:

  • Proyectos individuales. Responderán a dar solución a una necesidad manifestada del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y relación entre clientes y proveedores.
  • El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros.
  • Proyectos en cooperación. Como en el caso de los proyectos individuales, será necesario que el proyecto responda a una problemática previamente identificada y manifestada suficientemente, en cuya resolución participarán varias empresas que se beneficiarán de la solución, y que será financiada conjuntamente por los participantes. La cooperación se sustentará en un acuerdo firmado por las partes y uno de los participantes ejercerá de líder del consorcio creado para la cooperación.
  • El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 500.000 euros.

Con carácter general, tanto para proyectos individuales como en cooperación deberán contratarse los servicios de uno o varios centros tecnológicos u organismos de investigación que confieran al proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica. La intervención conjunta de los centros tecnológicos u organismos de investigación, representará al menos el 15% del coste subvencionable del proyecto de cooperación.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
  • Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material inventariable no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 400 euros para cada entidad participante y anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de la ayuda.

 GESTION DE AYUDAS Y SUBVENCIONES

Desde IFEDES gestionamos Ayudas Públicas en el ámbito de la I+D, innovación tecnológica, inversiones productivas, digitalización e internacionalización. Gestionamos todas las modalidades de ayuda: fondo perdido, préstamo, bonificación, deducción fiscal.  De este modo, acompañamos y asesoramos en todo el proceso de tramitación, desde la solicitud hasta el cobro de la ayuda.

Servicios que realizamos en gestión de ayudas:

  • Diagnosis previa sobre el nivel de aprovechamiento de Incentivos Públicos en la empresa.
  • Identificación de proyectos de la empresa potencialmente incentivables
  • Idoneidad de los Programas de Ayuda más adecuados para cada proyecto.
  • Presentación previa de los proyectos a la Administración en aras de confirmar su adecuación a los programas y definir la mejor estrategia.
  • Soporte técnico y documental necesario para la solicitud ayudas públicas. Reporte de especificaciones técnicas con expertos de la empresa.
  • Presentación de los proyectos ante la Administración. Seguimiento de cuantas reuniones sean necesarias para clarificar el contenido de los mismos.
  • Asistencia en la elaboración de todos los datos adicionales que requiera la Administración con el fin de facilitar la tramitación de los expedientes.
  • Atención de consultas relacionadas con los proyectos y programas en vigor.
  • Coordinación de auditorías y visitas de técnicos de la Administración.
  • Soporte de justificación documental (técnica y económico-financiera) de los proyectos a efectos de cobro final de las ayudas obtenidas.
2022-05-05T10:04:55+00:00
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