BECAS IVACE I+I 2022

//BECAS IVACE I+I 2022

INTERNACIONALIZACIÓN + INNOVACIÓN

  • 40 becas dirigidas a personas jóvenes menores de 30 años
  • Entidades de destino: Empresas con platilla propia a partir de 5 empleados
  • Inscripción entidades de destino candidatas: Hasta el 8 de julio de 2022 a las 14:00 horas.
  • Cada empresa o entidad solo podrá solicitar una persona becada

OBJETIVO

Dotar a las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana de personal cualificado y especializado en estrategias digitales para incrementar la competitividad y venta internacional, mediante una formación teórica y práctica durante un periodo de 12 meses: formación práctica a desarrollar en empresas y entidades de la Comunitat Valenciana en este territorio, y formación teórica aplicando la innovación al proceso de internacionalización a través de innovadores modelos de marketing digital y nuevas tecnologías, que engloban no sólo marketing digital, sino también business intelligence para la internacionalización, incluyendo la sostenibilidad.

Una persona designada como tutora por la entidad colaboradora realizará el seguimiento y evaluación y se responsabilizará de la formación de la persona becada. Dicha tutorización en la entidad se complementará con la tutorización externa por una persona experta en internacionalización digital.

DOTACIÓN DINANERARIA POR BECA

La dotación dineraria de la beca consistirá en un importe de trece mil cuatrocientos cuarenta y dos euros con veintiocho céntimos (13.442,28 €) brutos anuales aplicándose las correspondientes retenciones fiscales y de Seguridad Social de acuerdo con la normativa vigente.

LIQUIDACION Y PAGO

El IVACE abonará de manera fraccionada la dotación dineraria mediante pagos mensuales en un máximo de doce mensualidades. Las dos últimas mensualidades se harán efectivas tras la entrega por la persona beneficiaria de la siguiente documentación inherente al desarrollo de la beca: informe trimestral, memoria final, cuestionario final de participantes, encuesta de satisfacción, así como cualquier otra obligación documental exigida por IVACE.

ENTIDADES DE DESTINO

Podrán ser entidades de destino (en adelante entidades) las empresas y entidades sin ánimo de lucro que entre sus objetivos y planes de actuación se encuentre incorporar/desarrollar un plan de acción para la internacionalización digital, y que estén en fase de iniciación, crecimiento y/o consolidación de su internacionalización.

En todo caso se considera que cuentan con este requisito las entidades que hayan participado en los programas Expornet, Xpande digital, Digitaliza, Programa Consultoría ICEX E-Marketplaces, Programa Int-eComm, así como cualquier otro programa relacionado con la internacionalización digital. Además, las entidades deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Contar con domicilio social en la Comunitat Valenciana.
  2. Encontrarse en cualquier fase del proceso de exportación y/o internacionalización de sus
  3. productos o servicios.
  4. Contar con un plan de internacionalización.
  5. Contar con un plan de acción de marketing digital para la internacionalización.
  6. Disponer de los medios humanos y materiales necesarios para el adecuado desarrollo de la beca. En este sentido, deberá contar con un mínimo de cinco personas en plantilla de las cuales al menos una se dedique a la expansión exterior o al diseño y desarrollo de sus políticas de marketing internacional.
  7. Estar al corriente con el IVACE en el pago de los servicios y acciones organizadas por este Instituto, o en el reintegro de subvenciones con el IVACE.
  8. Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  9. No incurrir en ninguna de las causas de imposibilidad previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual acreditarán mediante declaración responsable.
  10. Disponer de un Plan Formativo a desarrollar por la persona beneficiaria de la beca

INCOMPATIBILIDADES

Las empresas se abstendrán de seleccionar o admitir a personas beneficiarias de becas con las que exista vinculación, entendiéndose como tal una relación de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo entre la persona becada y la dirección de la empresa o de quien ostente la mayoría de participaciones o capital social.

2022-05-05T09:59:52+00:00
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